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El rapto del proyecto de ley de protección de datos personales

Hay días en que las noticias son tristes, pero cuando afectan innecesariamente los derechos fundamentales de las personas, también son amargas.

Se los explico en detalle: como ustedes bien saben, hace mucho que los países descubrieron que el procesamiento automatizado de datos personales y el tráfico de los mismos, destruye el sistema de derechos fundamentales, haciendo vulnerables a las personas en su día a día.

¿Cómo ocurre eso?. Pues simple: de poco o nada sirven los derechos de las personas establecidos en forma grandilocuente en las Constituciones Políticas si determinadas personas, empresas e instituciones, gracias a la informática y el tráfico de los datos personales o una conexión a Internet, creen saber algo de ti y toman una decisión arbitraria a tu respecto. Entonces, ¿de qué sirve tener el derecho al trabajo, a la salud, a la vivienda o a la educación si cualquiera, creyendo saber algo de ti (que no te dice qué es ni de donde lo obtuvo), y aprovechándose de una legislación defectuosa, declina contratarte, te rechaza en la Isapre, decide no arrendarte un lugar para vivir o no permitir que tus hijos ingresen a un colegio?. Leer más

El Estado y la protección de datos de comunicaciones. Visita del Prof. Dr. Wolfgang Zankl.

El 23 de noviembre de 2009 dictó una conferencia en la Universidad Adolfo Ibáñez el Prof. Dr. Wolfgang Zankl, del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de Viena, quien abordó temáticas relativas a la protección de datos, la libertad en las comunicaciones y la seguridad del Estado.

En concreto, se refirió a la Directiva de Europa sobre la conservación de datos generados en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público (Directiva 2006/24/CE), y sus evidentes peligros para el sistema de libertades y de derechos fundamentales, ejemplificando lo crítico del asunto con la vigilancia de la ubicación espacial de los teléfonos móviles, lo que permite reconstruir todo el entramado de relaciones sociales de las personas, obteniendo perfiles detallados de cada una de ellas.

Sostiene Zankl, y no creo que haya disidencias al respecto, que una medida de tanta entidad como la aplicación de medidas de revisión de los datos generados por las comunicaciones de las personas, debería reservarse para la persecución de delitos terroristas, y no de los delitos en general como ocurre en la práctica. Lo anterior es consecuencia precisamente de una falencia de la Directiva: ella tiene por objeto manifiesto la persecución de delitos graves, pero no define cuáles son, lo que se traduce en que cada país interprete a su arbitrio el asunto. Leer más