Nunca creí tener que explicar esto, pero en pasadas semanas me he encontrado con media docena de abogados que, con convicción y cara de estar conversando con un terraplanista, me han dicho que las placas patentes de los vehículos (o PPU, por Placa Patente Única) no son datos personales y, por ende, no existen limitaciones legales al tratamiento que se puede hacer de ellas.
Para reforzar su punto, me dicen que si lees una placa patente, no hay forma de asociarla a persona alguna y, con aire de suficiencia, afirman que este es un asunto ya resuelto por alguna mitológica Corte y también por el Consejo para la Transparencia. Y se quedan tan panchos.
¿Es esto así? Empecemos por lo importante: ¿qué son los datos personales?
Tengamos presente que para las leyes, sean europeas, latinoamericanas o específicamente la normativa chilena, dato personal es cualquier información que puedas asociar a una persona, ya sea directamente (como tu nombre) o indirectamente (como los datos de lo que tú miras por Internet). Es decir, dato personal es cualquier dato relativo a una persona identificada o identificable.
Veamos cómo funciona. Andrónico está caminando por la calle y ve un auto con la patente LXTC69 estacionado frente a la casa de su madre. Tiene curiosidad y decide investigar: entra al sitio web del Servicio de Registro Civil e Identificación, ingresa el número de patente, paga $1.430, obtiene el certificado de inscripción del vehículo, ¡et voilà!, descubre que el auto pertenece a Anacleto Isabelino Cruzat Lagos, con domicilio en Fontainebleau 547, comuna de Peñaflor.
Este ejemplo nos muestra que, con acceso a la información adecuada, una patente de auto puede identificar a una persona específica. Y por eso, se debe considerar dato personal tanto en Chile como casi en cualquier otro país del planeta.
¿Por qué? Porque esencialmente cumple con la definición legal de lo que es un dato personal, que en nuestro caso se encuentra en la Ley Nº19.628, sobre protección de datos personales, que dice que son “datos de carácter personal o datos personales, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables.”
¿Por qué es importante que el dato de la placa patente sea un dato personal?
Por las consecuencias. De acuerdo a nuestra bienamada Constitución (en su art. 19 Nº4, para quienes gustan de los números) ella asegura a todas las personas, como derecho fundamental, “la protección de sus datos personales”, estableciendo que el tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley.
Y, conforme a la ley, la regla general es clara: sólo se pueden realizar operaciones de tratamiento de datos cuando la ley lo autoriza o cuando tengas el consentimiento del titular de los datos (art. 4, Ley Nº 19.628). No hay más.
Por lo tanto no puedes, por ejemplo, montar libremente sistemas de vigilancia o control sobre las placas patente de automóviles que circulan por el país si una ley no te ha dado competencias para ello. ¿Por qué? Porque son datos personales, y gozan de protección constitucional y legal.
Por supuesto, puede ocurrir que creas que el control de las placas patentes es muy importante para prevenir los delitos o para mejorar la seguridad pública. Y la respuesta es: de acuerdo, pero hay que buscar en las leyes él o los organismos públicos autorizados para ello. No todos están facultados para hacer cualquier cosa que se les ocurra, aun cuando declaren tener las mejores intenciones.
Así que la próxima vez que veas una patente de auto, recuerda que es más que una simple combinación de letras y números que permite identificarlo. También es un dato personal protegido por la Constitución y la ley para garantizar la no intromisión de terceros en todos y cada uno de nuestros derechos. ¡Y eso es algo muy importante en nuestra vida diaria!
Para terminar, y sólo a manera de ejemplo, he encontrado tres decisiones del Consejo para la Transparencia sobre placas patentes (en realidad, hay varias más), y en ellas declara expresamente que se trata de un dato personal:
- Decisión C270-12: “Por lo tanto, aunque la patente de los vehículos de personas naturales pueda estimarse un dato personal, el interés público concurrente en el presente caso justifica su comunicación a terceros”.
- Decisión C820-13: “De allí se sigue que la información relacionada con el número de placa patente de un vehículo perteneciente a persona natural identificada o identificable y, específicamente tratándose de los delitos de robo de que dicho vehículo hubiere sido objeto, en tanto permite ser asociado a dicha persona, constituye un dato personal de ésta”.
- Decisión C1431-13: «Como es de público conocimiento, las placas patentes constituyen un número único referente a un vehículo determinado, el que se encuentra adscrito al vehículo por toda su vida útil y va asociado a los datos del propietario de éste.»
También existe una sentencia de la Corte Suprema, causa rol 2479-2018, que dice que las placas patentes son datos personales sensibles pero, por favor, tampoco te creas ni repitas esa tontería: nadie en Chile sufre discriminación arbitraria por el número de la patente de su automóvil. Sencillamente, los ministros se pasaron de entusiastas.
¿Te ha quedado claro? ¡Espero que sí! Si tienes alguna otra duda, estaré encantado de ayudarte.