Esta semana he conocido dos casos de malas prácticas en contra de personas jurídicamente desprotegidas que me lleva a plantearles un asunto simple y de común ocurrencia: un particular común y corriente inscribe un nombre dominio de Internet para alguna actividad de su interés, como hipotéticamente sería lindocristal.cl, y de pronto se entera que a una gran empresa (la CCU, por ejemplo, que tiene una cerveza llamada Cristal) le ha bajado un súbito amor por ese mismo dominio y para obtenerlo actúa representada por algún imponente estudio de abogados.
Y ahí tenemos a nuestro “protagonista” que solo ha pedido un nombre de dominio y que de repente ve como parece que se le viene un juicio encima, con abogados de ceño adusto, lenguaje incomprensible y parafernalia jurídica variopinta. Más encima algunos de estos últimos tienen prácticas reñidas con la ética: no es poco usual que viertan amenazas de cárcel invocando delitos contra la propiedad industrial y el derecho marcario y que en realidad son patrañas para atemorizar, con todo éxito, a las personas ¡e incluso a sindicatos y asociaciones!.
Entonces a nuestro “protagonista” le baja el pánico y abandona sus legítimas pretensiones e intereses. Y ahí, precisamente en ese instante, perdemos todos: la información, productos, servicios, ocio o lo que fuera que pretendía construir ya no serán conocidos por los demás y la frustración se hará presente. Es una ventana que se cierra.
¿Qué es lo que ha pasado?.
En realidad, usualmente la gran empresa no tiene idea de nada, pero le ha encargado a un estudio de abogados que proteja sus derechos. El estudio de abogados tiene a una persona revisando el sitio del registrador de nombres de dominio (NIC Chile) y apenas ve algo que se parece remotamente a la denominación de la empresa o los productos y servicios que representa, pide la revocación de la asignación del nombre y, en paralelo, va donde su cliente y le cuenta que existe este “grave problema” y que si no quiere verse seriamente perjudicada en sus ventas e imagen comercial debe financiarle las gestiones futuras. Y, lamentablemente, muchas de estas grandes empresas caen en este juego y se ven arrastradas a litigios sobre cuestiones que, la verdad sea dicha, ni siquiera debería importarles.
Pero la verdad es que el éxito de nuestro protagonista, que elevaremos a la categoría de “héroe” si resiste la presión, está asegurado con estas sencillas reglas.
1. Tenga presente que el primer solicitante (o sea, nuestro “héroe”) tiene un derecho preferente por haber inscrito el dominio primero (se le llama first come, first served) y que, en cualquier caso, NO PAGA los costos del juicio arbitral correspondiente y que, además, puede actuar personalmente en el mismo, esto es, sin necesidad de abogado.
2. Nuestro “héroe” NUNCA debe intentar vender el nombre de dominio, salvo que previamente y por escrito le hagan un ofrecimiento, pues una trampa usual a la que pueden arrastrarlo será el simular interés en comprar, pedirle telefónicamente al primer solicitante que haga una oferta por correo y luego llevarle la oferta al juez árbitro para acusarle de especulación y mala fe.
3. No debe dejarse sin construir el sitio que está “peleando”, pues el juez árbitro examina que efectivamente se usa el dominio y que no se parece al del demandante.
Si el juicio o arbitraje efectivamente llega a producirse ¿Sabe que argumentará la empresa?.
Que nuestro “héroe” es vil y malvado y que pretende aprovecharse del buen nombre, el prestigio y fama que tanto le ha costado formarse y que, además, tiene registros marcarios que la protegen, la amparan y le dan privilegios por sobre toda la humanidad. Usualmente terminan diciendo que todo el mundo, que digo, el universo entero, conoce a dicha empresa o la asocia con la expresión, por ejemplo, “lindocristal”.
¿Y qué debe alegar nuestro “héroe”?.
Que llegó primero, que está de buena fe y explicará porqué el uso que hace del sitio es legítimo.
Si además está muy picado, puede averiguar si su contrincante tiene otros nombres de dominio parecidos al que quiere disputarle que no utilice, y acusarlo entonces de inscripción abusiva de nombres de dominio, una mala práctica conocida internacionalmente como secuestro inverso de nombres de dominio (reverse domain hijacking). O también puede buscar en el registro de NIC Chile otros nombres de dominio que contengan el mismo signo o nombre nombre que reclama como propio el demandante, pero que sean de otras personas, y demostrarle al juez que el demandante no tiene problema con que coexistan. Vamos, pero estas son exquisiteces, pues lo anterior debería bastar.
Y ya. No hay más trucos. Salvo que el caso sea muy excepcional, retendrá el nombre de dominio con mínimas molestias y tendrá el orgullo de haber triunfado sobre un estudio jurídico que maneja un presupuesto superior al de todo su barrio. Y ese triunfo es el de todos los que leemos cosas, como este blog, por Internet.
Estaba buscando el contenido de esta columna, pero descubrí que ya no estaba disponible, indagando en tu pagina anterior, me pille que estabas migrando para acá.
Dicho lo anterior, me gustaría agradecerte, tus consejos me sirvieron para defender la revocación a una página adquirida por nic.cl, la empresa en cuestión era Silva Abogados S.A, la cual representaba a Empresa nacional de telecomunicaciones (ENTEL).
Agregando los puntos anteriores indicados por tí en la respuesta de la demanda, mas que uno que otro argumento validado luego por la juez arbitro, logre el Fallo.
Y si, me alegró el día 🙂
Me alegro mucho que te haya sido útil.
Gracias por contármelo. Que bueno que esta columna te haya sido útil.
Hola. Buenas. Me puedas dar tu correo para hacerte unas preguntas. La misma empresa me está revocando un dominio. Gracias
Tengo la misma situacion con los mimos abogados pero un gran Retail Nacional, segui los pasos y estoy esperando el fallo. Espero salir victorioso.
Cuanto admiro su forma de redactar Don Carlos ( y el contenido obviamente), me recuerda a la de un libro que leí ya hace varios años atras » La montaña mágica» de Thomas Mann.
Siempre atento a sus publicaciones, a pesar de haberme titulado hace poco y estar iniciando mi camino en el mundo juridico-profesional, creo que su contenido es profundamente interesante, y por sobre todo honesto.
Agradezco sus palabras de todo corazón. Y le deseo la mayor de las suertes en su camino profesional.
a mi la misma empresa de Silva me esta impugnando el nombre de mi nic , ellos representan a Metro SA y mi nic lleva la palabra metro mas otra por un emprendimiento de huertos que estoy levantando y que o tiene nada que ver a lo que ellos hacen.
Muchas gracias Carlos por tu generosidad al compartir tus valiosos conocimientos.
Carlos, solo felicitarte por tan excelente columna, informacion que yo en lo personal y por mi oficio ya conocia, pero que en general es muy poco conocida y como mencionas, un gran porcentaje de gente se asusta mucho ante estas situaciones. Se agradece!
Encantado de ayudar.
Estimado Carlos, me demandan por revocación de mi dominio .cl. Antes e cumplir los 30 días presentaron solicitud de revocación, aludiendo «interés preferente». Que pasa cuando el demandante tiene una marca inscrita idéntica al dominio .cl desde hace 7 años o más, pero no la usa ni la ha usado; y en su pagina web en ninguna parte se hace mención al dominio ni a esa marca que no es su marca comercial. Tengo un print de pantalla de su pagina web.
Sin embargo Yo cuento con el dominio .com inscrito a mi nombre el mismo día que el dominio .cl y uso el «termino o nombre» del dominio en mi página web desde hace 7 años.
Lo único que te puedo recomendar es que te hagas asesorar por un abogado, pues aparentemente no es un caso sencillo.
Hola Carlos, me gusto mucho la columna, me deja mas tranquilo, ya que mi dominio esta en proceso de revocación por una solicitud de un tercero, hoy tengo dudas al respecto, me llaman estudios de abogados cobrándome entre 7 y 12 UF por servicio de defensa, una plata que no tenia disponible para gastar… por otro lado existe un Clínica jurídica de la Universidad Católica del Norte, me comunique con ella y me entregaron la información correspondiente y contándome que tenían un alto nivel de litigios ganados a su favor, por lo que me deja tranquilo, ya que me contaban que es una Clínica permanente..
Es primera vez que me encuentro en esta situación y mis cercanos me dicen, que pague un estudio privado, que las clínicas son de estudiantes en practica y no tienen experiencia… la verdad me tiene un poco angustiado el tema, pero tengo un bichito dentro que me dice que el estudio me cobrara por un tramite que no es complicado y deben cobrarme los costos del tramite, que no son bajos.
que nos recomendarías hacer? Muchas Gracias.
Cristian, no te voy a decir qué hacer, pero tengo que aclararte que en las Clínicas de las Universidades los estudiantes no son autónomos, sino que su trabajo es supervisado por docentes expertos en litigación, y muchos de ellos son de los mejores del país, más allá de si aparecen o no en la televisión o los diarios.
Carlos, gracias por la info, muy útil, de todas formas creo q necesito un abogado, conoces a alguno q me pudiera ayudar?
grs.
El mejor abogado de nombres de dominio del país es Andrés Cuche Cartagena, que puedes encontrar en https://www.defiendetuidea.cl/
No le conozco en persona, no es mi amigo, no voy con comisión por la recomendación, y es por lo mismo que me permito recomendártelo: leo sus escritos y alegaciones y es extraordinariamente bueno.
Además, entiendo que en su modelo de negocio sólo pagas el total de los honorarios si se obtiene una sentencia favorable.
Hola Carlos,
una consulta, qué pasa con el dominio de una empresa cuando se decide liquidar la sociedad y uno de los socios quiere el dominio para si mismo.
saludos cordiales
manuel
Usualmente, se valoriza como un activo y se ofrece a quienes deseen comprarlo; el precio que se recibe pasa a la sociedad y luego de reparte.
Hola Carlos, me resuelves varias dudas.
Yo sinceramente nunca busqué una revolución y por desconocimiento me llegó, pero prefiero entregar y cambiar mi dominio (no sé si se puede cambiar la verdad) ya que me angustia el tema porque usé mi dominio que es a la vez mi giro con el cuál tengo convenio regional con el minvu y no quiero tener problemas con la empresa que solicitó mi revocación puesto que tienen una marca registrada ?
Que pasaria en el caso de perder la demanda por revocación?. Solo se pierde el dominio o hay que pagar alguna suma de dinero?
Las costas del arbitraje las paga el revocante por lo cual no existe ningún cobro que deba pagar el titular.
Hola Carlos, Junto con saludar quería comentar que me aventure a autodefender mi dominio y redacte la defensa en base a los puntos expuestos en el artículo y para sorpresa logre ganarle a una firma de abogados. Creo que es importante igualmente tener en cuenta la tacha de arbitros con tal de elegir los que ya previamente tengan mas casos a favor del titular el cual se puede revisar en nic, https://www.nic.cl/rcal/rankingAsignacionRevocante.do sin embargo si la defensa es buena debería fallar a favor del titular. Saludos y muchas gracias
Me alegra saber que todo salió bien y que los consejos te han sido de utilidad.
Carlos, muy buen dia amigo, me alegró ver su columna, a la cual llegue de casualidad. Esto me hizo recordar un caso donde yo tuve que «ceder» mi dominio. Hace unos años, una firma de abogados, muy amablemente me contactó y me explicó lo mismo que expones en tu columna. Al ver que mi intención no era perder mi dominio, me intentó hacer caer en el argumento de que si «la vendía». Menos mal, que se me ocurrió leer la jurisprudencia al respecto de los casos donde se solicita la revocación de dominio, la cual está en nic.cl (hay que navegar un rato para encontrarla); ahí vi que nunca se debe ofrecer a la venta, ya que es el argumento que esgrimirá el abogado para quitarla sin piedad.
En mi caso, mi emprendimiento no era algo que haría inmediatamente y el nombre tampoco me tenía enamorado, asi que, una vez que vi que la firma de abogados pidió el juicio y que estaban por pagar los $1000 dolares que costaba, argumenté los costos que yo había incurrido (un poco menos que el costo del juicio) y que si me los retribuían, podría ceder sin problemas el dominio (nunca hable de venta). Un día después me enviaron un borrador sobre un contrato para que lo revisara, di mis apreciaciones con unas clausulas que encontré abusivas y luego ya estaba todo en orden. Un par de dias despues estabamos en notaría firmando.
De todo este proceso, aprendi varias lecciones, las cuales comparto para quien las necesita:
– Para la empresa GOLIAT, el costo del jucio, es conocido. A eso se le suma el costo del estudio juridico que lo representará, por lo que no es barato.
– Que te demanden no garantiza que te quitarán tu dominio. Los consejos de don Carlos, en su columna, son brillantemente sencillos. Puedes defenderte a ti mismo, si tomas notas de las trampas leguleyas que intentarán ponerte y no caes en ellas.
– El proceso es ONLINE, (al menos cuando me ocurrió a mi) por lo que no pienses que gastarás tu valioso y escaso tiempo, yendo y viniendo de tribunales, todo se realiza de forma escrita, por lo que tienes todo a favor para revisarlo y recontra revisar tus argumentos.
– Habla lo menos posible con los abogados que representan a la empresa Goliat. Nunca digas la frase «te lo vendo».
– Si te llaman e intentan hablar contigo, dígales cortésmente que estas ocupado y que insistan mañana. Tienes 24 hrs para revisar la ley al respecto, la cual está en el portal de nic.cl. Yo gasté 1 hora de mi tiempo leyéndola, entendiéndola, tomando notas de lo importante y de lo que NO DEBO HACER.
– y por ultimo, si tu caso es similar al mio y no tienes tanto apego por el nombre de dominio, no has gastado tanto como para que te duela (papelería, empresa constituida, que te conozcan por ese nombre en internet, etc), ofrece que te puedan devolver lo que gastaste (tu valioso tiempo, el valor del dominio, el café que te tomaste mientras lo pagabas, etc). Como consejo, el valor que pongas debe ser atractivo para empresa GOLIAT, ya que debería ser inferior a lo que gastará en el juicio (el cual no tiene garantías de ganar, sobre todo si tu emprendimiento es de otra cosa). Así sera una sinergia WIN-WIN (tu ganaras un dinero que no tenias contemplado, el abogado quedará como REY ante su mandante y esta empresa GOLIAT se habrá desecho de un probable «problema futuro» en el universo que le pintó el abogado de turno, ademas, a un costo mas barato que el juicio.) Eso si NUNCA DIGAS QUE LO VENDES y si llegas a la instancia de hacer un contrato y estas a punto de firmar REVISA TU CUENTA. Que primero te paguen y después firmas. Sin excusas que después, que no te preocupes, que somos serios, etc. (a mi me daban 1000 excusas para no pagar) Primero el pago, después la firma. NADA TE OBLIGA A FIRMAR PRIMERO (imagínate si tienes que cobrarle a un abogado, ahí si que tienes un caso perdido).
Buena suerte!
Hola!
acabo de ver esta publicación, espero tener una respuesta a mi inquietud.
trabajé en colegio sol del valle como encargado de informática durante 4 años, en ese tiempo me hice cargo del desarrollo del sitio web de la compañía en forma autodidacta, nadie me pidió que lo hiciera y desde en 2014 registré el dominio a mi nombre.
nunca recibí renumeración asociada a este servicio, cuando me fui el año 2021 no hice entrega de ese dominio porque consideraba que no correspondía regalar mi trabajo de años.
a la fecha el sitio web del colegio sigue funcionando y con los dominios a mi nombre ¿puedo venderles el dominio? ¿se lo debería entregar?
el dominio está pagado hasta el 2030, ellos lo renovaron hasta esa fecha
saludos y agradecido
Digámoslo así: eras el encargado de Informática del Colegio Sol del Valle. Te contrataron para esa área y te pagaban una remuneración por ello.
Registraste el nombre de dominio a tu nombre personal, pero PARA ELLOS; además, el colegio paga las renovaciones en NIC Chile.
Entonces, en caso de disputa, ¿qué árbitro fallaría en tu favor? ¿Cómo podrías alegar un mejor derecho al nombre colegiosoldelvalle.cl que el propio Colegio Sol del Valle?
Hola Carlos excelente columna. Me está pasando lo mismo que a todos y la verdad que ante tu explicación me deja mucho mas tranquilo. Ahora estoy en el periodo de demanda que tengo que subir «Escritos». Como no soy abogado que subo? solo un word o un comentario con lo que dices en tu columna? eso basta?.
Saludos, héroe