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La traición del Consejo para la Transparencia

El Consejo para la Transparencia ha comunicado al Servicio Electoral (SERVEL) que en aras de la transparencia no puede seguir vendiendo datos personales, sino que debe entregarlos gratuitamente a quién se los solicite.

Recordemos que, como se ha denunciado hasta la saciedad, el Servicio Electoral durante años ha desarrollado una actividad económica no autorizada por ley, consistente en la venta de los datos que los chilenos les hemos entregado para el sólo efecto de ejercer el derecho a sufragio, que incluye información sobre domicilios, números únicos de identificación, discapacidades, etc.

Mención especial merecen los datos sobre profesión u oficio, que permiten inferir, entre otras cosas, el rango de remuneraciones de las personas y tendencias de consumo, cuestión de gran importancia para instituciones comerciales y financieras, aunque al final del día la verdad es que este tipo de información no sirve para extender o restringir el derecho de sufragio.

Y qué decir de los ya señalados datos sobre discapacidades, esto es, datos sensibles que la ley ordena proteger especialmente dada su potencialidad para ser, por sí mismos, foco directo de discriminaciones odiosas y arbitrarias. Leer más

El Estado y la protección de datos de comunicaciones. Visita del Prof. Dr. Wolfgang Zankl.

El 23 de noviembre de 2009 dictó una conferencia en la Universidad Adolfo Ibáñez el Prof. Dr. Wolfgang Zankl, del Instituto de Derecho Civil de la Universidad de Viena, quien abordó temáticas relativas a la protección de datos, la libertad en las comunicaciones y la seguridad del Estado.

En concreto, se refirió a la Directiva de Europa sobre la conservación de datos generados en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público (Directiva 2006/24/CE), y sus evidentes peligros para el sistema de libertades y de derechos fundamentales, ejemplificando lo crítico del asunto con la vigilancia de la ubicación espacial de los teléfonos móviles, lo que permite reconstruir todo el entramado de relaciones sociales de las personas, obteniendo perfiles detallados de cada una de ellas.

Sostiene Zankl, y no creo que haya disidencias al respecto, que una medida de tanta entidad como la aplicación de medidas de revisión de los datos generados por las comunicaciones de las personas, debería reservarse para la persecución de delitos terroristas, y no de los delitos en general como ocurre en la práctica. Lo anterior es consecuencia precisamente de una falencia de la Directiva: ella tiene por objeto manifiesto la persecución de delitos graves, pero no define cuáles son, lo que se traduce en que cada país interprete a su arbitrio el asunto. Leer más