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¿Para qué sirve un examen nacional para abogados?

Desde hace varios años las Escuelas de Derecho, la Corte Suprema y el Colegio de Abogados están enfrascados en discutir sobre el establecimiento de un examen nacional único para quienes deseen ejercer la profesión de abogado.

Pretenden con este planteamiento alcanzar cierta uniformidad, tanto en el nivel de conocimientos mínimos como en la calidad de los servicios que puedan ofertar quienes aspiran a representar los derechos e intereses de los demás, cuando la verdad es que el problema crítico es completamente diferente y ajeno a esta discusión.

La cuestión central es que al titularse los abogados reciben una especie de licencia habilitante (o “patente de corso”, si lo vemos con humor negro) que les autoriza para abordar indiscriminadamente cualquier problema, ya sea de familia y herencia, casos criminales, responsabilidad médica, luchas por derechos de aguas, tributos, conflictos en internet, etcétera, sin exigírseles contar con los conocimientos y destrezas profesionales necesarias que cada área requiere.
Y esto es lo que verdaderamente produce la crisis del sistema jurídico que se manifiesta, entre otras expresiones, en la insatisfacción de la ciudadanía por el aumento de los casos de impunidad y error judicial, en la agudización del deterioro de la imagen pública del Poder Judicial y de los abogados, así como insistentes quejas por la mala formación de los profesionales del Derecho. Leer más

Ataques informáticos ¿como libertad de expresión?

Hace algún tiempo, en una conversación sostenida con el Prof. Dr. Alejandro Hevia de la Universidad de Chile, este planteó su inquietud sobre la posible criminalización de las personas que participan de movimientos sociales que tienen expresiones en Internet.

Se refería en concreto a las manifestaciones ciudadanas de repudio a la instalación de una mega central hidroeléctrica en el sur de Chile, en la cual activistas de la causa ecológica llamaron públicamente a protestar en contra del sitio web del proyecto (hidroaysen.cl), y la expresión concreta de esta protesta tomó la forma de un ataque distribuido de denegación de servicio (conocido como DDoS o DoS) en que cientos de usuarios de Internet se coordinaron para consultar en forma reiterada y simultanea el sitio web, provocando en definitiva el colapso de su capacidad de respuesta. No es nada más, como lo explica divertidamente Juan Pablo Aqueveque en una editorial escrita para Maestros del Web, que al modesto bar de la esquina que normalmente sirve cerveza a 20 parroquianos, le llega una turba de 400 hinchas de un club de futbol clamando por cerveza: probablemente nadie obtendrá lo que ha pedido.

En principio, este tipo de ataques no son destructivos: la información o servicios no quedan inutilizados, no hay pérdidas o hurtos de datos, no se vulneran los sistemas de información, no se defraudan cajeros electrónicos ni nada semejante. Leer más

Balada del Pistolero del Metro. Neurociencias y Derecho.

Hace algunos días un hombre, sin causa aparente, disparó a seis personas que no conocía en el vagón del Metro de Santiago, matando a dos de ellas. Luego se marchó, para suicidarse a pasos del lugar.

Y ahora, como no se entiende este trágico sinsentido, leo que le han encargado a peritos la construcción del perfil psicológico de un muerto (a través de una sesión espiritista, supongo).

Yo no me voy a referir a este caso, del que no sé más que cualquiera de ustedes, pero a propósito del mismo quiero hablarles de algo nuevo, que está muy vinculado a este tipo de hechos.

Partiré diciendo que las neurociencias son un área emergente del conocimiento que se dedica al estudio del cerebro utilizando herramientas de la biología, la genética, las neuroimágenes, la neurología, la psiquiatría y la psicología para comprender su funcionamiento normal y anormal. Leer más

Buenas noticias para los derechos en Internet (y malas para el Gobierno)

Hace algunos días escribí en otra columna sobre cómo el monitoreo electrónico que hace el Gobierno de sitios web y redes sociales es ilegal.

Posteriormente, el 12 de julio, ese planteamiento ha sido reforzado por una sentencia del Tribunal Constitucional que se ha pronunciado respecto de un proyecto de ley que establecía el registro obligatorio de los usuarios de cibercafés y similares, pero que de paso ha establecido su parecer respecto de los sistemas de vigilancia que pretenden imponerse a la ciudadanía: son inconstitucionales, pues violan las libertades personales.

Todo partió en que el proyecto, en una de sus disposiciones, entregaba a los dueños de cibercafés la obligación de construir un registro de clientes, en que bajo pena de clausura debían precisar la identidad de sus clientes, el computador que ocuparon, además de la fecha y hora, dejándolos incluso sujetos al control de la policía y los inspectores municipales.

Al Tribunal Constitucional se le erizaron los pelos y afirmó categórico que ello no es posible, pues una premisa de nuestro ordenamiento jurídico es que “el disfrute de la libertad por parte de un grupo determinable de personas, no puede ser grabado ni registrado”, lo que en castellano significa que los Gobiernos no pueden pretender vigilar nuestros espacios de libertad. Leer más

Respuesta de un (paranoico) realista sobre «monitoreo» de redes sociales

Hace un par de días, y a propósito del monitoreo de las redes sociales que hace el Gobierno en Internet, leí la columna “Carta abierta a un (paranoico) usuario de redes sociales”. El autor es un profesor de teoría constitucional que centra su argumentación en afirmar que se trata de una situación “enteramente legal”, porque no la castiga expresamente el Código Penal, y que escribir comentarios en Twitter y Facebook es equiparable a formular opiniones políticas públicas en una plaza. Ah, y que el que no lo entiende de esa manera adolece de un estado mental delirante.

Afortunadamente poco y nada de lo anterior es atendible, por razones muy sencillas.

Imagine que efectivamente usted está conversando en una plaza pública ¿tiene entonces el Gobierno el derecho de instalar cámaras para registrar sus conversaciones y la de los intervinientes?.
Lo pregunto de otra manera, ¿se comporta la gente de forma normal cuando sabe que está siendo grabada?. Leer más

Si uso a escondidas la conexión wifi de mi vecino, ¿estoy cometiendo un delito?

Hoy he recordado que hace varios meses me escribió una periodista de un diario de circulación nacional para, luego de plantearme un caso ocurrido en Reino Unido, preguntarme ciertas cuestiones que le preocupaban respecto de Chile.

El caso era el siguiente, explicado con sus palabras:

«… en Inglaterra detuvieron a un joven que usó sin autorización la red Wi-Fi de su vecino. El dueño de la conexión tenía sospechas y lo denunció. La policía llegó a la casa del joven y lo interrogó por varias horas. Diez días después le enviaron una carta diciendo que no se tomarían acciones legales en su contra. El padre del muchacho dijo que haría un reclamo formal acusando a las autoridades de detención ilegal…»

Y las preguntas estaban orientadas a sobre qué pasaría si una situación similar ocurría en nuestro país, si se cometía un delito o no, si era un “robo” y si se podían llevar detenido a alguien por esto, si era equivalente a “colgarse” del tendido eléctrico, etc.

Y la respuesta para mis escasos, pero muy distinguidos lectores, es la siguiente: en Chile no existe el delito de hurto de servicios de telecomunicaciones. Leer más