Hay una distinción elemental en protección de datos personales que, pese a parecer técnica, tiene enormes consecuencias prácticas: no es lo mismo tener acceso a unos datos que tener derecho a decidir qué hacer con ellos.
La diferencia puede entenderse fácilmente con una analogía. Una empresa de mensajería puede tener físicamente una carta en sus manos, transportarla, clasificarla y entregarla en el domicilio indicado. Pero nadie sostendría seriamente que, por esa sola circunstancia, puede abrirla, copiarla o decidir entregársela a un tercero.
Con los datos personales ocurre algo parecido.
El Derecho distingue entre el responsable de los datos, que decide para qué se utilizan los datos, bajo qué condiciones y con qué fundamento jurídico, y el encargado del tratamiento, que los procesa por cuenta del primero y siguiendo sus instrucciones.
La distinción no es un capricho terminológico inventado por abogados aficionados a multiplicar categorías (que los hay), sino que es uno de los pilares sobre los que se construye todo el sistema moderno de protección de datos. Leer más
